De acuerdo al Reglamento Administrativo Académico, Título XIII, artículo 52, la universidad podrá iniciar y efectuar una evaluación socioeconómica para determinar si la categoría asignada es acorde a la capacidad de pago familiar del alumno de pregrado, la cual podrá realizarse de oficio durante todo el año académico. Para mayor información, verifica el reglamento administrativo académico ingresando aquí.
El resultado de la recategorización de oficio es inapelable. Si por algún motivo, después de un año de esta evaluación, existe alguna variación económica en su entorno familiar, puede participar del proceso regular de evaluación socioeconómica adquiriendo la carpeta para ser nuevamente evaluado. Para ello, deberá cumplir con los requisitos establecidos en el reglamento administrativo académico y los calendarios de los procesos vigentes.